lunes, 2 de julio de 2007
HACIA UNA NUEVA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
Uno de los problemas principales que tiene el mercado de vivienda actual se debe a la deficiente ley de arrendamientos urbanos que tenemos.Desde el famoso decreto Boyer que dejó en desuso el importante instrumento jurídico como era la prórroga forzosa legal,tenemos ahora una situación de inseguridad en el mercado de alquileres.Si bien es verdad que lo que quiso el famoso decreto Boyer fue liberalizar el mercado de alquiler esto por otra parte nos ha llevado a una situación de tener tres millones de viviendas vacias en España,sin cumplir una función social de la propiedad.Pero lo más importante es que el inquilino ,con la nueva ley de arrendamientos urbanos,no tiene una estabilidad en la duración de su arrendamiento:sólo se le garantiza un período mínimo de cinco años.Como consecuencia de esta inestabilidad en la duración del arrendamiento ,vamos a una cultura de la compra en propiedad,además de la propia especulación económica que esta situación deficiente del arrendamiento origina.Por lo tanto se hace aconsejable ,desde mi punto de vista,proceder auna inmediata reforma de la ley de arrendamientos que pueda ofrecer un mayor período de vida del arrendamiento y que sea la propia ley la que pueda proteger e incentivar situaciones dignas de protección como son casos de arrendamientos a jóvenes,jubilados ,discapacitados,personas con nivel de renta baja.Esto podría paliar en parte el problema de la vivienda en España porque al mejorar el mercado de alquiler habría una mayor oferta de viviendas y así parte de esos tres millones de viviendas vacías podrían alquilarse.Ello ,repito,precisa de una reforma legislativa y de una política de incentivación fiscal y de subvenciones que puedan animar al propietario a alquilar.Cambiaría nuestra cultura sobre la propiedad en España.En el resto de Europa el arrendamiento es una opción normal .Es preciso ampliar el período mínimo legal en los arrendamientos en determinados casos dignos de potección social:FUNCION SOCIAL DE LA PROPIEDAD,según nuestra Constitución.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario